Resumen de Discusion, Vol 52, Envío 35

Mauro Rosero mrosero en fslpma.org
Dom Nov 29 03:57:09 UTC 2009


El sáb, 28-11-2009 a las 22:10 -0300, Marcos Manoni escribió:

> 2009/11/28 Mauro Rosero <mrosero en fslpma.org>
> > a ver .. mi conocimiento no es un bien público.... yo decido si quiero que sea público o no
> 
> ¿A qué llamas "tu" conocimiento?

voy a citar las que más se ajustan al tema según la Real Academia
Española de la Lengua:

1. m. Acción y efecto de conocer:  
         a. tr. Averiguar por el ejercicio de las facultades
intelectuales la naturaleza, cualidades y relaciones de las cosas.
         b. tr. Experimentar, sentir.

 2. tr. Entender, advertir, saber, echar de ver.

       

2. m. Entendimiento, inteligencia, razón natural.

9. m. pl. Noción, ciencia, sabiduría.


> Uno puede aportar algo en una materia, o mejorar algo. Pero siempre lo
> hace en base a otros conocimientos adquiridos.


como podrás deducir de las definiciones dadas arriba, el acto de conocer
es una acción individual primeramente, de percibir características,
habilidades, destrezas, experiencias, etc. en base a una experimentación
y deducción personal, pero no exclusivamente.. también puede ser
colectivo.

podemos presumir que el conocimiento personal se basa en el conocimiento
colectivo, porque como sociedad (colectivo) aceptamos compartir
conocimiento cuando vamos a una escuela, cuando nuestros padres no lo
trasmiten... etc. 

En este principio, damos por hecho que una vez que el conocimiento es
trasmitido este es adquirido y asumimos erróneamente que el mismo ha
sido 
trasmitido y no aprendido por otros métodos como la observación, el
razonamiento, la experimentación.
 

> 
> > en el caso del aire, ya estaba allí cuando nací, no lo cree, no aporte nada para que existiera
> 
> Lo mismo la rueda. 

aunque la rueda existía en al naturaleza, ya que su base es el circulo,
creo que el conocimiento al que te refieres no es en si la rueda, si no
la utilización practica de la misma..... 

las diferentes formas de construir ruedas de repente son aportes
(experiencias o conclusiones) de alguien para aprovecharla mejor. 
el asunto aquí es que esta fue la observación o experiencia personal de
un individuo en carácter privado que de la misma forma decidió
en base a su libre albedrío compartirlo con lo demás gratuitamente o a
cambio de algún beneficio o bien....

> Es un conocimiento tecnológico que damos por
> sentado. Yo podría aportar algo "nuevo" (pongamos, transporte usando
> una rueda), pero ¿cuánto crédito me correspondería a mí por inventar
> el transporte? Seguro, antes no estaba. Pero si yo no hubiera visto
> una rueda, ¿hubiera pensado en un transporte?

partes del hecho que no eres capaz de llegar a la mismas conclusiones de
un antecesor... y ser capaz de descubrir la rueda 
si fuera necesario, de donde parte el error conceptual.

> 
> > por consiguiente sería poco moral procurar apropiarme de él
> 
> ¿Apropiarse de qué cosa es moral? Uy, me salió el anarquista :P
> 

Vamos al punto..... 

1. partimos del hecho que el conocimiento adquirido por mí de la forma
que fuera es mio... no de la colectividad.....
2. debemos entender que le conocimiento una vez adquirido no puede ser
retirado...es parte del individuo...
3. que el conocimiento a pesar de ser individual, una vez compartido se
vuelve colectivo.... quién decide compartirlo o no es quién lo adquirió
4. que cualquier ser humano hubiera sido capaz de llegar al conocimiento
previo sin que este fuera transferido, si se hubiera realizado el mismo
trabajo de experimentación y de observación que quién haya sido definido
por la historia como su descubridor o creador.
5. no debemos confundir el hecho de ser el primero en alcanzar un
determinado conocimiento, con la capacidad de todos los seres de poder 
adquirir conocimientos.

esto nos lleva a la siguiente conclusión:

aun cuando el conocimiento es individual y yo tengo la libertad de
compartirlo o no. no es menos cierto que otros, mas tarde o más temprano
pueden llegar a él.

para efecto de hacer usufructo comercial de las implicaciones del
conocimiento, la sociedad ha determinado que el primero en proclamar o
divulgar un conocimiento de be ser considerado como el único que puede
llegar a el y por consiguiente propietario plenipotenciario y
omnipotente del mismo y de todo derivado.  <-- cosa con la que estoy en
total desacuerdo y rebelión.... 

creo que alguien que divulga un conocimiento adquirido por el tiene
derecho al reconocimiento personal atribuible por ser el primero en
proclamar alcanzar dicho conocimiento y compartirlo con el colectivo. si
este reconocimiento es de por vida creo que es justo.

sin embargo, no creo que en lo que a los derechos de explotación
exclusivo del mismo  o la transferencia de estos derechos de explotación
a otros estemos actuando de forma correcta, moral o justa....

como veras una cosa es que el conocimiento sea patrimonio colectivo y no
personal.... como se ha dicho y lo que me parece una aberración
lógica...
y otra cosa es mi punto de vista con los derechos de explotación y de
restricción sobre el mismo... toda vez que una vez que decidiste
divulgarlo, el mismo no puedes, ni debes expropiarlo....

en mi punto de vista extremista, si no quieres compartir conocimiento
nunca lo compartas.....
 

> Saludos,
> MLM
> _______________________________________________
> Discusion mailing list
> Discusion en fsfla.org
> http://www.fsfla.org/cgi-bin/mailman/listinfo/discusion

Mauro Rosero P.
Consejero FSL Panamá
http://www.fslpma.org
Tel. 202-0400 Ext. 78846


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