Patentes de Software en Perú por el TLC

Alexandre Oliva lxoliva en fsfla.org
Jue Dic 13 05:19:36 UTC 2007


On Dec 12, 2007, Marcelo <marcelo.magallon at gmail.com> wrote:

> la GPL2 es una cosa enmarcada dentro de la doctrina jurídica de
> EE.UU. y constituye, en ese ámbito, un contrato.

http://www.groklaw.net/article.php?story=20031214210634851

Y ni en los EEUU hay consenso sobre qué es la GPL:

http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=936403

> Eso para Costa Rica representa un problema, pues el Estado no puede
> tomar parte de un contrato que no tenga una traducción oficial al
> Español reconocido por ambas partes.  Así, mi interés en aquel
> momento se refería a eso, a la traducción al Español de la GPL2 y
> cuál sería la posición de la FSF en ese sentido.

No hablo por la FSF (FSFLA es una organización hermana autónoma, y no
hablo ni por la FSFLA :-), pero la posición de la FSF no es tan
importante como te podría parecer.

Cuando aceptas una licencia de un programa bajo GPLv2, la aceptas de
los titulares de derecho de autor del programa.  Para algunos
programas del proyecto GNU, la FSF es la titular de derecho de autor,
pero para algunos programas del proyecto GNU y para tantos otros
programas bajo la GPL que no son de titularidad de la GPL, la opinión
de la FSF acerca de cualquier traducción de la GPL no tendría
cualquier importancia para posibilitar que el Estado de Costa Rica
firmase el contracto GPL, si la GPL fuera un contracto.  La opinión
que importa es la opinión del titular de derecho de autor.

> Ahora nos queda el problema que yo tenía originalmente: ¿como se
> inserta la GPL en cada una de nuestras jurisprudencias?

Esto es algo que abogados de cada jurisprudencia han que estudiar y
entender.  Quizá no vamos a necesitar pelear por cambios en leyes para
que se gobiernos puedan usar y formar parte de comunidades globales de
desarrollo de Software Libre, pero si discubrimos que esto es
necesario, debemos todos tratar de hacerlo.

Afortunadamente, la GPLv3 es más internacional que la GPLv2, y está
más basada en princípios de la convención de Berna y otros tratados
internacionales de derecho de autor que la GPLv2.  Esto por supuesto
no resolve cuestiones acerca de la GPLv2, pero algunas veces ofrece
una alternativa más libre y más compatible con leyes locales.

Saludos,

-- 
Alexandre Oliva         http://www.lsd.ic.unicamp.br/~oliva/
FSF Latin America Board Member         http://www.fsfla.org/
Red Hat Compiler Engineer   aoliva@{redhat.com, gcc.gnu.org}
Free Software Evangelist  oliva@{lsd.ic.unicamp.br, gnu.org}


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