[Legales] Resumen de Legales, Vol 25, Envío 3

"Gustavo G. Mármol-Sun Microsystems In "Gustavo G. Mármol-Sun Microsystems In
Jue Dic 10 12:32:47 UTC 2009



legales-request en fsfla.org escribió:
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>    1. Re: codecs mp3 (Ernesto Manríquez)
>
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>
> Message: 1
> Date: Wed, 9 Dec 2009 22:39:33 -0300
> From: Ernesto Manríquez <ernesto.manriquez en vtr.net>
> Subject: Re: [Legales] codecs mp3
> To: legales en fsfla.org
> Message-ID: <200912092239.33549.ernesto.manriquez en vtr.net>
> Content-Type: Text/Plain;  charset="iso-8859-1"
>
> On Mar 08 Dic 2009 11:36:18 Rodolfo Gonzalez Gonzalez escribió:
>   
>> Santiago Roza escribió:
>>     
>>> si, existen codecs libres para (casi) todos los formatos multimedia,
>>> incluyendo los que mencionas.
>>>
>>> muchas distros no los incluyen, porque en algunos paises (ej: eeuu y
>>> japon, pero NO en latinoamerica) esta permitido patentar software, o
>>> un formato.
>>>       
>> Esto es un poco fuera de tema, pero, al menos en México, la cuestión de
>> que no se pueda patentar software es prácticamente letra muerta. Una
>> revisión rápida en la base de datos del IMPI les puede demostrar que hay
>> mucho software y algoritmos patentados, sin ser parte de dispositivos
>> físicos. La mayoría de estas patentes se originaron a partir de
>> solicitudes de patente internacionales hechas en EE.UU.
>>     
Coincido que no es foco del asunto, pero me preocupa que el IMPI de 
México reconozca solicitudes de prioridad de patentes de SW, sobre la 
base de patentes de US. Disculpas, pero podrías decirnos si es que 
tienes conocimiento de ello, si esto ha generado algún tipo de discusión 
legal/parlamentaria en México? Estoy de acuerdo en lo que comenta 
Ernesto más abajo, en cuanto a que luego de ser desafiada la/s 
reivindicaciones de patente la misma podría ser consdierada nula por la 
ley local, considerando que abarca material no patentable. Ahora, lo 
preocupante es que el organismo administrativo reconozca estos derechos 
de patentes, cuando las leyes locales lo prohíben, ya que en principio 
esto te obliga a recurrir a un tribunal, es decir que se actua /ex 
post/...   
>>     
>>> entonces si usas (o redistribuis) esos codecs libres en esos paises,
>>> sin adquirir una licencia de quien tenga la patente, estas violando la
>>> ley de ese pais.
>>>       
>> En el caso del formato MP3, si no mal recuerdo la condición de los
>> dueños de la patente para evitar una demanda en los países donde existe
>>   ésta es que no se debe lucrar con el algoritmo. En el caso de MP3,
>> existe una lista de países donde se ha patentado el algoritmo (con
>> Google se puede encontrar)
>>
>> Saludos.
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>>
>>     
> El punto no es si existen las patentes, el punto es qué tan válidas son en una 
> corte cuando el titular de los derechos de propiedad industrial intente 
> demandar. En el sistema latinoamericano de derecho, que es derecho civil, el 
> juez no puede ir contra la letra de la ley. Basta demostrar que la patente 
> infringe una de las prohibiciones legales contempladas en la Ley de Propiedad 
> Industrial del respectivo país para que la patente de software muera una 
> muerte feliz, por lo menos, en Latinoamérica. Aunque los titulares de derechos 
> justifiquen su solicitud en una patente internacional, esa solicitud no puede 
> pasar a llevar la legislación de cada país, ya que las patentes SON 
> NACIONALES.
Coincido, el punto es que es preocupante que se reconozcan estos 
derechos de excluir a otro, cuando las leyes lo prohiben, y que se tenga 
que recurrir a la justicia local para reafirmar lo que la misma ley 
estableció.
> En cuanto al tema de los codecs libres para estos formatos, hay que hacer una 
> conveniente distinción entre software libre afecto a patentes en Estados 
> Unidos y software propietario. FFMPEG es software libre, pero está afecto a 
> patentes. Lo mismo que LAME. La activación de los paquetes correspondientes de 
> Penguin Liberation Front, Livna, RPM Fusion, Packman, Multiverse, o tantas 
> otras soluciones que existen en estos sistemas, es, a priori, 100% legal en 
> Latinoamérica mientras el país impida el patentamiento de algoritmos 
> matemáticos (como es el caso de Chile), y depende de cada distribución. 
>   
En US tenemos numerosos casos de patentes de software FOSS, pero que sus 
titulares conceden una licencia sobre el mismo (es la distinción entre 
software propietario y FOSS). El ejemplo más claro es Red Hat con el 
patent promise. (otras compañías han seguido la misma filosofía, obtener 
patentes sólo con fines defensivos).
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